Elaboración y Redacción de Planes de Emergencia de Sequía


Prevenir y Mitigar situaciones de sequía.

Los periodos de sequía, cada vez más frecuentes e intensos, hacen necesaria la elaboración de Planes de Emergencia de Sequía.
Según lo estipulado en el artículo 27 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, deberán disponer de un Plan de Emergencia los sistemas de abastecimiento que atiendan, singular o mancomunadamente, a una población igual o superior a 20.000 habitantes.
Dicho documento, además de servir de guía y fijar unos criterios homogéneos en cuanto a la elaboración de los citados planes de emergencia, permite sistematizar los protocolos de sequías redactados por las diferentes Confederaciones Hidrográficas, dentro de sus planes especiales de sequías, con los que deben coordinarse los planes de emergencia de los sistemas obligados.